Se publicó el decreto de LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de UN (01) AÑO a partir de la presente fecha y se le impuso al acusado CESAR AUGUSTO FERMIN NORIEGA, titular de la cedula de identidad Nº 18.926.530 las siguientes condiciones, establecidas en el artículo 45 de la norma adjetiva penal, numerales 1°, 3° y 6°. Hágase lo conducente.