1-.COMPETENTE para conocer de la demanda de contenido patrimonial interpuesta por la abogada Mirna Rodríguez Villegas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.816, actuando en su carácter de apoderada judicial de la FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE), contra las sociedades mercantiles "SEGUROS UNIVERSITAS C.A." y "SEGUROS LA VITALICIA C.A.", en su condición de fiadores de la empresa "SAAV P.C.M., C.A.", antes identificadas.
2-. ADMISIBLE la demanda de contenido patrimonial interpuesta, en consecuencia:
2.1 Se ordena citar a las sociedades mercantiles SEGUROS UNIVERSITAS C.A y SEGUROS LA VITALICIA C.A., identificadas ut supra, en la persona de sus representantes legales o apoderados judiciales, quienes deberán comparecer a la celebración de la audiencia preliminar prevista en el artículo 57 de la mencionada Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la cual se celebrará al décimo (10º) día de despacho una ve.....