este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos formulada por la entidad de trabajo PLUMROSE LATINOAMERICANA C.A, a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio, José Rafael Córdova, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 9.338, contra Acto Administrativo contenido en la Providencia Administrativa No. PA-US-ARA-0009-2015, dictada en fecha 13 de Julio de 2015, por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua del estado Aragua (GERESAT-Aragua), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en la cual se impone multa contra la sociedad mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A. (PLANTA EMBUTIDOS), por la cantidad total de DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 2.174.700,00).