Este JUZGADO SEXTO (6°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA, constatado como ha sido que EL DEMANDANTE actuó representado por abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso, y que la presente acta transaccional se encuentra debidamente circunstanciada en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos en ella, por lo que le otorga la HOMOLOGACION DEL ACUERDO DE LAS PARTES y en consecuencia el efecto de cosa juzgada conforme a la Ley. Se deja constancia en este acto de la entrega del cheque identificado en la presente Acta, del cual se anexa a la presente copia fotostática. Asimismo se ordena la devolución de las pruebas consignadas en la audiencia preliminar inicial. Igualmente se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente.