En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Acuerdo presentada por los Ciudadanos LAURA MARITZA GARCIA DE VILLEGAS y SEGUNDO ALFONSO VILLEGAS.
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unía, el cual fue contraídopor anteel Registro del Municipio Santiago Mariño, en fecha 4 de julio del año 2007 según acta N° 036, Tomo 6, del año 2007.
Notifíquese a las partes. Asimismo, procédase la ejecución de la presente sentencia, a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil. Expídanse Copias Certificadas de la Sentencia remítase con oficios alos Registros Civiles respectivos, todo en conformidad con lo.....