En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos JOSE ALBERTO HERNANDEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.474.335 y por otro lado, la ciudadana LUISA FERNANDA RODRIGUEZ OCHOA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 41.243.304.
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO APUE. Acta original de Matrimonio signada con el acta Nro. 021, Libro I, de los libr.....