Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE el presente Recurso de Apelación. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Revisión de la Sentencia dictada y publicada el 17 de Septiembre de 2004 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Monagas, mediante la cual condenó a la identificada acusada (hoy penada). Se rebaja la pena impuesta a la ciudadana RIVAS SALAZAR CARMEN NORIS, de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por encontrarla autora y responsable de la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, a SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, en razón de haberse tomado en consideración la buena conducta predelictual, de conformidad con el artículo 74.4 del Código Penal, y por aplicación de la rebaja de la pena por Admis.....