Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho señaladas supra, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda de cumplimiento de contrato interpuesta por el abogado José Lombardo, Inpreabogado No. 66.541, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ELENA EDITH GONZALEZ TROCELL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula No. V- 4.669.647, contra el ciudadano LUIS ALEXIS ZAMBRANO MORA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.699.030, como persona natural y en su carácter de: i) Secretario General de la Junta Directiva de la Asociación Civil CAYPREOCE registrada ante la Oficina de Registro Principal del Estado Aragua, bajo el No. 30, folios 136 al 146, Protocolo Primero, Tomo 5 de fecha 02 de marzo de.....