-DISPOSITIVO-
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela conforme lo dispone el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR la pretensión que por PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE HIPOTECA por efecto del transcurso del tiempo, incoara el abogado MARCOS SILVA GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.013, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS ALBERTO RODRIGUEZ SANCHEZ y ALICIA BASTIDAS DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.488.029 y V-4.3660.032, respectivamente, en contra del ciudadano BLADIMIR ALEXIS HERNANDEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.034.192.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particu.....