Por todas y cada una de las razones que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia de ello DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que existe entre los ciudadanos MARIA CAROLINA FIGUERA MARTINEZ y LUIS YSRAEL CENTENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-12.539.506y V-9.290.681, respectivamente y de este domicilio, según matrimonio civil, celebrado en fecha 18 de Diciembre de 2012, por ante el Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas según acta de de Matrimonio N° 131, folios 158 al 159 correspondiente al año 2002.