Se Admite el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por los los Abogados Jesús Alberto Parra Farfán y Orlaida Coromoto Gallardo Mirabal, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los números 233.836 y 274.330, actuando en su carácter de apoderados de la victima ciudadana : E.C.L.D.C (se omite identidad conforme al artículo 23 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás Sujetos Procesales), en contra de la decisión dictada en fecha 28.01.2025, por el Juez Primero (1º) de Primera (1ª) Instancia en función de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, conforme al artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable supletoriamente por imperio del ultimo aparte del artículo 83 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia. Esta Corte de Apelaciones se pronunciará ante la controversia jurídica d.....