Con fundamente a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circuncripcion Judicial del Estado Aragua en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES, de demanda y su reforma, presentado por el Abogado en ejercicio ESTRELLA VALERO PRATO inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 64.025, en su caracter de Apoderado Judicial de la ciudadana CARMEN PRATO DE VALERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 3.619.494, en consecuencia condena a la ciudadana GLADYS BENAVIDES, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 4.508.530, a pagarle a la parte actora la suma de CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (5.200.000,00) monto del capital adeudado contenido en las letra de cambioacompañada al libelo de la demanda y su reforma, como fundamento de esta accion, la suma de S.....