En virtud de las circunstancias antes expuestas, este Juzgado PRIMERO DE JUICIO Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONDENA al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien es Venezolano, de 18 años de edad, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 26/10/1998, de estado civil soltero, hijo de: Luís Rafael Maza (v) y Fanny Maza (F), con domicilio: Sector las maderas río tigre, casa S/N, calle principal, Río Tigre Estado Monagas Teléfono 0424-9740969 (tío Proso Matildo Aray), 0426-2281569 Cuñada), por la comisión del delito APROVECHANIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código penal venezolano en perjuicio del ciudadano RICHARD BELLO, a cumplir la SANCIÓN de UN (01) AÑO DE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con el artículo 626, 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescent.....