Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA declarando SIN LUGAR el recurso de apelación formulada por CARLA TORREALBA, en representación de la Procuraduría General del Estado Lara. en fecha 20/10/2.003; contra auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 08/09/2.003; en consecuencia QUEDA CONFIRMADO el auto dictado en fecha 08/09/2.003.