declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano HECTOR GABRIEL MENDEZ VIEIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.508.050, y de este domicilio, en contra de la empresa NEXUS CONSULTORES, C.A. En consecuencia se condena a la demandada, a pagar a la actora los siguientes conceptos:
PRIMERO: La cantidad de UN MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs.F.1.229, 40), por concepto de prestación de antigüedad, consagrada en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 146 ejusdem.
SEGUNDO: La cantidad de TREINTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.F.35.86), por concepto de vacaciones fraccionadas correspondiente al año 2008, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 219 y 223 de la Ley Orgánica del Trabajo.
TERCERO: La cantidad de ONCE BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.F. 11,95), por concept.....