Por todas las razones ampliamente analizadas y en base a las consideraciones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Séptimo de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: CON LUGAR la solicitud de revisión de la medida incoada por parte de la profesional del derecho abogada WILLIAM PEDRA, en su carácter de Defensora Pública auxiliar noveno (09°) del estado Aragua, en consecuencia, se sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad con cambio de sitio de reclusión que fuese impuesta en fecha catorce (14) de diciembre de 2021, a los ciudadanos CESAR ALEXANDER HERNANDEZ FLORES, titular de la cedula de identidad N° V-14.706.395, LUIS ALBERTO VELIZ CEBALLOS, titular de la cedula de identidad N° V-17.688.441, y se ACUERDA a favor de los ciudadanos CESAR ALEXANDER HERNANDEZ FLORES, titular de la cedula de identidad N° V-14.706.395, LUIS A.....