ESTA SALA 7 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano GUSTAVO JOSE PRADA ZERPA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.376, en su condición de defensor del ciudadano DURAN HERRERA JHONNY KRISTHIAN, con fundamento en el artículo 447 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 30 de marzo de 2010, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el identificado ciudadano, conforme al contenido de los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251 numerales 1 y 2 y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por .....