En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con competencia Transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, OYE EN AMBOS EFECTOS el Recurso de Apelación suscrito el 18 de Marzo de 2015 y ratificado mediante diligencia el 26 de Mayo de 2015, por el abogado en ejercicio Stefano D’azzo Maniscalco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.269.881, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.739, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS JOSE CEDEÑO, CONCEPCION JOSEFINA CEDEÑO, RAFAELA JOSE CEDEÑO Y HUMBERTO JOSE CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nros. V-4.048.398, V-4.047.854, V-5.480.589 y V-4.655.627, respectivamente, y se ordena enviar con oficio el presente expediente a la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.....