DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO BARRETO RODRIGUEZ Y HECTOR JOSÉ QUIJADA RIVERO, en consecuencia se condena a pagar a la demanda PROGESI C. A., la cantidad de Siete Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Quinientos Veinte Bolívares con Setenta y Dos Céntimos (Bs.7.768.520,72), mas la cantidad que resulte de la experticia complementaria del fallo. Al demandante JOSÉ GREGORIO BARRETO; y . Diecisiete Millones Trescientos Setenta y Cuatro Mil Quinientos Treinta y Dos Bolívares con Cinco Céntimos (Bs.17.374.532,05), al demandante HECTOR JOSÉ QUIJADA . En cuanto a la indexación o corrección monetaria se procederá de conformidad con lo establecido en el Articulo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo