Por las razones que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: INEXISTENTE el recurso de apelación ejercido por la parte demandada ciudadanos MÁXIMO ALMEIDA, MÁXIMO EFREN ALMEIDA GUTIÉRREZ y NORAIDA CAROLINA ALMEIDA GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.621.128, 7.194.170 y 7.260.632, respectivamente.
SEGUNDO: Remítase en su oportunidad legal, el presente expediente a su Tribunal de origen Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.