DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano MAURICIO ANTONIO DIAZ MONTILLA, identificado con la cedula de identidad N° V-15.145.625, contra la ciudadana MARJORIE COROMOTO GALAVIZ FERNANDEZ, identificada con la cedula de identidad N° V-13.626.079. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 18 de abril de 2015, por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del estado Aragua, según se evidencia de Acta asentada bajo el Nº 095, Año 2015.
Así mismo, se decreta el EJECUTESE DEFINITIVO de la presente sentencia, a los efectos de los.....