´En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos que dispone el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR la pretensión que, PRESCRIPCION EXTINTIVA DE HIPOTECA, siguen el ciudadano GALITO CASTILLO LUIS HORACIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.400.952, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CECERE SOLETI NATALE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.977.058, asistido por el abogado SIMON ORLANDO VILLEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.050, en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA D-812 C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fec.....