Por los razonamientos ante expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por EXTINCION DE HIPOTECA intentó la ciudadana ODETTE CHAWA DE ANTIBAS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.342.109, asistida por la abogada CARLOTA CAMPOS ARAUJO, inpreabogado Nº 34.919 y de éste domicilio contra la representante de INVERSIONES CORO C.A, ciudadana MARIA BLASINA SOLIS DE KLACZAK, titular de la cédula de identidad Nº E-990.546, todos identificados en autos, sobre un inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda distinguido con el Nº 9-B, el cual forma parte del edificio Coronar, ubicado en la calle Ricaurte, Jurisdicción del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, en ésta ciudad de Maracay.-
En consecuencia, se declara EX.....