esta Juzgadora, en aras de no perjudicar a la parte vencedora en el presente procedimiento, aplicando los principios rectores que rigen en el derecho laboral como son el in dubio pro operario y principio de favor, los cuales se invocan para dilucidar las diferencias existentes entre ambas experticias, acoge el criterio establecido en la experticia complementaria del fallo presentada por la Lic. Alejandra Vieira, y en tal razón se tendrá como formando parte de la sentencia el monto señalado en el referido informe, esto es la cantidad de Bs. 8.430.805, que sumado al monto condenado genera la cantidad total de Bs. 19.099.314,06, cantidad por la cual queda condenado el Municipio Santiago Mariño de Turmero, estado Aragua. ASÍ SE DECIDE.