DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana DORIS JOSEFINA PAREDES MATOS , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 12.119.147, en beneficio de su hijo ********, de Doce (12) años de edad, contra el ciudadano YOSEK GREGORIO ROJAS AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.180.175, siendo que el salario mínimo para este momento esta fijado en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS SIETE CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS Bs. (1.407,47) mensual, según Gaceta Oficial No. 39.660, correspondiendo la cantidad de Cua.....