DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: ANGEL GABRIEL GUEVARA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-25.651.262, Soltero, residenciada en URBANIZACION CAÑA DE AZUCAR, SECTOR 6, BLOQUE 16, APARTAMENTO Nº 0302, MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY, MARACAY ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el Articulo 406 Numerales 1º y 2º del Codigo Penal.. Se observa que la penada fue condenada a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal. Asimismo, se le participa que la pen.....