PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte intimada contra la decisión dictada en fecha 19 de febrero de 2003, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Área Metropolitana de Caracas. Queda CONFIRMADO el fallo apelado en los términos expuestos en el cuerpo de esta sentencia.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales incoaron los abogados LUCIA BEATRIZ CASAÑAS CALCINES, CARLOS FERNÁNDEZ y RAFAEL ANEAS RODRÍGUEZ contra los ciudadanos GIUSEPPE GIANTURCO DI BIANCO y ANGELA GABRIELA DE ANGELIS DE GIANTURCO, y procede su derecho a cobrar honorarios profesionales por las actuaciones judiciales realizadas en el juicio que partición de comunidad sustancia el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el Expediente Nº 3658.-
TERCERO: Por cuanto los demandados, ya identificados, se acogi.....