Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la LeyDECLARA CON LUGAR la incidencia de inhibición planteada por la Ciudadana Abg. ROSMELYS ROJAS BARRETO, en su condición de Jueza Quinto de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, de conocer el proceso penal que se ventila en el asunto principal N° NP01-P-2005-005582, con fundamento en el numeral 8°, del artículo 86, del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 94, del Código Orgánico Procesal Penal, y dada la declaratoria anterior, se ordena al Juez sustituto seguir conociendo de la causa N° NP01-P-2005-005582. Y así se declara.