En este sentido, del análisis de las actas que conforman el presente asunto, así como de los alegatos de las partes supra transcritos, se evidencia que la parte opositora al decreto de la presente medida alega que la pretensión principal de la solicitante constituye una práctica antisindical, mientras que por su parte la solicitante manifiesta que el Sindicato incurre en vías de hecho que lesionan la producción de alimentos, razón por la cual, considera esta Instancia Agraria instar a una conciliación tanto a la empresa mercantil Plumrose Latinoamericana C.A. como al Sindicato Profesional de Empleados y Empleadas de la Empresa Plumrose Latinoamericana, desarrollando una mesa de trabajo en la sede de la referida empresa, la cual se fija para el día 23/10/2012 a las (09:30 a.m.), a los fines de emplear un método alternativo de resolución del presente conflicto, en consecuencia, se acuerda la notificación de las partes mediante boletas firmadas y devueltas, todo de conformidad con lo esta.....