SANCIONA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISION DE LOS HECHOS, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la sanción de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, cesando en consecuencia la medida cautelar impuesta en su oportunidad. Asimismo se ordena dejar sin efecto los oficios que ordenan su captura.