DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano abogado JORGE HUMBERTO ROSALES OLIVERO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interino en la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en contra la decisión dictada por el TRIBUNAL OCTAVO (8°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha veinte (20) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), en la causa signada bajo el Nº 8C-27.919-24, (Nomenclatura del Juzgado de Instancia).
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha veintinueve (29) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), por el ciudadano abogado JORGE .....