"(...) este Tribunal Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo de pago celebrado entre la ciudadana LIGIA JOSEFINA FIGUEROA, titular de la cedula de identidad N° 3.440.978, y la empresa INDUSERVI, C.A., INDUSTRIAS DE SERVICIOS MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA, en los términos y condiciones legales para ello (...)"