Por lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA Y admite los hechos alegados por la ciudadana MARIA CAROLINA PALMARES RAMOS condenándose a los demandados COPY COTTON C.A. y el ciudadano WILSON IKUO TSUZUKI a pagar la cantidad de BOLIVARES VEINTICUATROMIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 53/100 BOLIVARES (Bs 24.356,53 ).