éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: GRESIA ARGELIA ARTEAGA PEREZ , soltera, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.812.286, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno de propiedad municipal con una extensión de terreno que mide: NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS ( 97,85 mts2), ubicado en la Calle Amanda Flores de Roye, vereda 04, Casa Nº07 Sector Guayabal de la Parroquia Villa de Cura Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: Con 10,00 Mts. Con vereda 04, que es su frente. SUR: En 9,00 Mts. con Empresa Pepsicola . ESTE: en 10,30 Mts. Con Casa que es o fue de la Familia Torres. OESTE: 10,30 Mts Con casa que es o fue de la Familia Carrillo, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmpla.....