DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Habiendo el acusado admitido los hechos que le atribuye el Ministerio Público de forma libre, voluntaria y sin coacción, SE DECLARA Y CONDENA al ciudadano ALEXANDER EDUARDO LLOVERA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-20.265.798, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS y OCHO (08) DE PRISION, más las penas accesorias de ley por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda mantener la medida privativa de Libertad, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda remitir la compulsa a la oficina de .....