Por razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial
del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana IDA GALLO DE DI
FRANCESCANTONIO, en contra de la ciudadana YUDITH COROMOTO RODRÍGUEZ, por motivo de COBRO DE BOLÍVARES VIA INTIMACIÓN.-
En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de Un Millón Ochocientos Ochenta y Seis Mil Novecientos Setenta y Seis Bolívares (Bs.1.886.976,oo) monto de la Letra de Cambio acompañada al libelo de demanda; así como al pago de la cantidad de Noventa y Cuatro Mil Trescientos Cuarenta y Ocho Bolívares con Ochenta Céntimos (Bs.94.348,80) por concepto de intereses causados, más lo que se sigan venciendo hasta la definitiva cancelación de la obligación principal.-
En relación a la.....