SE REPONE LA CAUSA al estado de que el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; con sede en la ciudad de Maracay; fije oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar inicial en el presente asunto, en el término de Diez (10) días sin necesidad de la notificación de las partes, ya que estas se encuentran a derecho, así como dejar transcurrir un (1) día del término de la distancia para que la parte demandada de autos tenga el tiempo suficiente para preparar su defensa en el presente asunto.