DISPOSITIVA
Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda que por con motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara el ciudadano LUIS ARENAS, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.195.162 contra la Sociedad Mercantil DALBERT INTERNACIONAL, C.A.
SEGUNDO: Improcedente el monto demandado por concepto de diferencia por prestaciones sociales.
TERCERO: Improcedente el monto demandado por concepto de diferencia de vacaciones y bono vacacional.
CUARTO: Improcedente el monto demandado por concepto de diferencia por utilidades.
QUINTO: Se condena a la demandada a reembolsar al ciudadano LUIS ARENAS la cantidad de un millón cientos treinta y nueve mil cuarenta y.....