En base a los razonamiento antes expuestos este JUZGADO DECIMO QUINTO (15) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AERA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, conjuntamente con amparo cautelar innominada, en contra de la Providencia Administrativa N° 464-09, de fecha 27/07/2009, Expediente N° 023-08-01-02385 dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO SEDE NORTE, mediante la cual se declaró "CON LUGAR" la solicitud de REENGANCHE y RESTITUCIÓN DE DERECHOS incoada por el ciudadano, CARLOS LUIS DIAZ AREVALO, en contra la entidad de Trabajo BANCO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE VENEZUELA (BANDES). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.