DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación intentado por el abogado JOSE ANGEL FIGUERA FIGUERA, en representación de los querellantes, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, el 07 de diciembre del 2005.
SEGUNDO: REVOCA la antes mencionada sentencia.
TERCERO: CON LUGAR la acción interdictal propuesta, por el ciudadano PEDRO JOSE FIGUERA RONDÓN, a nombre personal y a nombre de las ciudadanas VICTELIA DE JESUS FIGUERA DE QUIARO, AURISTELA DEL VALLE FIGUERA RONDON Y MARITZA JOSEFINA FIGUERA RONDON, contra los ciudadanos LUIS JOSE RODRIGUEZ FIGUEREDO, ABIGAIL JESUS GUAITA Y JOSE HERIBERTO QUIROZ, todos identificados.
CUARTO: ORDENA LA RESTITUCIÓN, por parte de los querellados, del inmueble objeto de la presente querella interdictal, identificado en el escrito de la demanda a los querellantes.
QUINTO: CONDENA en costas a los querellados.