Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulado por los ciudadanos JORGE JUAN HOSTOS SALAZAR y KARINA DEL CARMEN PIRELA DE HOSTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.674.249 y V-12.140.498, respectivamente y de este domicilio. SEGUNDO: En consecuencia, del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante la JEFATURA CIVIL DE LA PARROQUIA JOAQUIN CRESPO, MUNICIPIO AUTONOMO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, según acta Nº 220, 2° Tomo, de fecha 12 de Marzo de 1.994. De igual manera, procédase el EJECÚTESE de la presente sentencia, a los efectos de los artículos 475 y 506 del Código Civil, remítanse dos (02) ju.....