A los fines de garantizar los principios constitucionales contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este juzgado insta a las partes a los fines de que utilicen los Medios alternativos de solución de conflicto, lo cual FUE POSIBLE. Llegando a un acuerdo en los términos siguientes: la parte demandada se compromete a cancelar el monto ordenado en el mandamiento de ejecución de la siguiente manera: la suma 3000 Bs en este día en dinero en efectivo y de curso legal, para el lunes 2 de Abril de 2012 el monto de 2000 Bs, a las 9 de la mañana en la sede de la Empresa y el monto de 7800 Bs para el día 12 de Abril de 2012 a las 9 de la mañana en la sede de la Empresa antes mencionada, ofrecimiento que acepto la parte actora.