DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada ciudadano ELEAZAR FIGUERAS DÍAZ, debidamente asistido por el abogado Pedro Mena Cadeos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 2.788, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 11 de abril de 2012, que declaró Con Lugar la demanda de Desalojo incoada por los ciudadanos EDMUNDO JOSÉ VELÁSQUEZ REYES y ORALIS VILLEGAS de VELÁSQUEZ contra el ciudadano ELEAZAR FIGUERAS DÍAZ.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Desalojo incoada por los ciudadanos EDMUNDO JOSÉ VELÁSQUEZ REYES y ORALIS VILLEGAS de VELÁSQUEZ c.....