DECISIÓN
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el 26 de noviembre de 2015, , y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos : ALIED ARACELY RODRIGUEZ ALVARADO y CARLOS LUIS ARRIAGA LIRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos V-17.984.506 y V-15.738.374 respectivamente, en virtud del matrimonio civil celebrado el seis (6) de septiembre del año dos mil trece ( 2013), ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estad.....