declara INADMISIBLE la querella interpuesta por la ciudadana GLADYS TERESA FARIÑAS OJEDA, portadora de la cédula de identidad Nro. V-7.582.862, representada por la abogada Luissandra Martínez Bellorín, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 124.816, por solicitud de pago de prestaciones sociales, intereses de mora sobre prestaciones sociales y otros conceptos al Ministerio del Poder Popular para la Educación.