Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasáy, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda propuesta por el ciudadano ALEJANDRO TARBAY ASSAD contra el ciudadano EDGAR RAMON GARCIA SALAZAR, a quien se condena a lo siguiente: "1) Cumplir el contrato de arrendamiento suficientemente descrito en este libelo, y cuyo original corre inserto en estos autos, autenticado ante la Notaría Pública Primera de Maturín, Estado Monagas, en fecha 27 de Mayo de 2008, bajo el N° 07, Tomo 125, y en consecuencia desaloje y entregue a al demandante ALEJANDRO TARBAY ASSAD, el local comercial distinguido con el N° 04, de aproximadamente nueve metros cuadrados con veinte centímetros cuadrados (9,20 mts.2), cuyos linderos particulares son los siguientes: Norte: Con Mini Local N° 03.....