C A P I T U L O II.
Por las razones que antecede este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara LA INHABILITACIÓN del ciudadano SIMÓN ALEXANDER OROZCO MONASTERIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.247.859 y de este domicilio, para estar en juicio celebrar transacciones, dar ni tomar a préstamo, percibir sus créditos, dar liberaciones enajenar y gravar sus bienes o para ejecutar cualquier otro acto que exceda de la simple administración y se le designa como CURADOR a la ciudadana CELIA GEORGINA OROZCO MONASTERIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.843.681, en su condición de hermana del indiciado ciudadano SIMÓN ALEXANDER OROZCO MONASTERIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.247.859, de este domi.....