DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal 6to de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscal 15° del Ministerio Público y acoge la calificación jurídica por el de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el Artículo 376, en concordancia con el Artículo 374, numeral 1º del Código Penal, con el agravante establecido en el Artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; SEGUNDO: Se acogen las pruebas presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público, por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias; TERCERO: CONDENA Al ciudadano JOSUE ISRAEL QUINTERO VALERA (ya identificado), a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por haber sido encontrado culpable de la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el Artículo 376, en co.....