En este sentido las partes manifiestan su voluntad de mediar a los fines de solucionar el conflicto planteado y han decidido exponer en el presente acuerdo, resolver todas las causas que dieron lugar a la terminación de la relación de trabajo que existieran entre ellas. En este estado, la parte oferida ciudadano: EDGAR RAFAEL DURAN CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 16.347.796, asistido por la abogada, SOFÍA ANGELINA ORTEGA RIOS titular de la cedula de identidad No. V-5.278.712, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 76.406, manifiestan, libre de constreñimiento alguno, que aceptan la Oferta Real de Pago en todas y cada una de sus partes que ha formulado la empresa a su favor; cuyos conceptos se encuentran completamente discriminados en el escrito que da inicio al presente procedimiento y con la aceptación por la cantidad antes indicada, la parte oferida manifiesta que nada más le adeuda la Oferente por concepto alguno.....