Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara sin lugar recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Vigésima Primera (21°) del Área Metropolitana de Caracas, abogada Suham El Badiche Ch., en su condición de defensora del ciudadano Luis Gregorio Chacin Sanguines, conforme lo dispuesto en el artículo 447 ordinal 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 12 de mayo de 2009, por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual niega la solicitud de la defensa del ciudadano Luis Gregorio Chacin Sanguines, de fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, por vulneración del lapso previsto en el artícu.....